Ni la Ley Orgánica de los Tribunales Agrarios ni el Reglamento Interior establecen mecanismos de participación ciudadana, ya que las funciones de los Tribunales Agrarios son meramente jurisdiccionales, reguladas en el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley Agraria.
-
Última actualización: 08 Mayo 2024
-
Visto: 8699